¿Eres No Residente? Esto es lo que te toca hasta final de año.

Si tienes propiedades en España pero no resides aquí, ojo con las fechas clave que se acercan, porque, como sabes, Hacienda te encuentra, estés donde estés.
Aquí tienes un resumen de las obligaciones fiscales para que no te pillen desprevenido.

Si tu propiedad está en la Península.

Impuesto por propiedad no alquilada en 2023: Si tienes un inmueble en la Península que no ha estado alquilado, aunque solo sea por tener la propiedad, tienes que tributar. Esto es un impuesto anual y el plazo para presentarlo vence el 31 de diciembre de 2024. Apunta esta fecha.

Impuesto por ingresos de alquiler de 2024: Si durante 2024 has tenido ingresos de alquiler en la Península, por primera vez deberás declarar esos ingresos de forma anual. El plazo es entre el 1 y el 20 de enero de 2025.

Si tu propiedad está en Canarias.

Impuesto por propiedad no alquilada en 2023: Si tu inmueble está en Canarias y no ha estado alquilado, aplica el mismo impuesto que en la Península. La fecha límite también es el 31 de diciembre de 2024.

Impuesto por ingresos de alquiler de 2024: Para los ingresos obtenidos de alquiler en Canarias durante 2024, el plazo para declarar va del 1 al 20 de enero de 2025.

IGIC (Impuesto General Indirecto Canario): Si alquilas en Canarias como vacacional o uso comercial, además de la declaración anual, debes presentar el IGIC trimestralmente. No te olvides de hacer la declaración previa antes de iniciar el alquiler.

Recuerda

Estas obligaciones fiscales pueden parecer un lío, pero tener todo en orden evitará problemas mayores con Hacienda. Marca los plazos en el calendario y prepárate para cumplir.

 

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Propietarios en Canarias: el registro en el IGIC es obligatorio, incluso si no pagas impuestos.