Guía rápida para no residentes con propiedades en España: evita sanciones con estos pasos fiscales antes del 31 de diciembre de 2024.

Si eres no residente en España y eres propietario de un inmueble en el país, es importante que conozcas tus obligaciones fiscales para evitar sanciones. Ya sea que tu propiedad haya estado alquilada o no durante el año 2023 o 2024, tienes plazos clave para declarar impuestos. A continuación, te explicamos de manera sencilla lo que necesitas hacer y cuándo.

Propietarios no residentes con inmuebles no alquilados en 2023

Si tu propiedad en España no ha estado alquilada durante 2023, deberás presentar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) antes del 31 de diciembre de 2024. Aunque no hayas generado ingresos por el alquiler, la Agencia Tributaria española impone una renta imputada sobre los inmuebles no alquilados. Esto significa que deberás tributar por una cantidad teórica basada en el valor catastral de tu propiedad.

¿Qué es la renta imputada?

La renta imputada es una cantidad que se calcula sobre el valor catastral del inmueble, y se estima en función de su "potencial" para generar ingresos, incluso si no se alquila. Generalmente, este valor es del 1.1% o 2% del valor catastral, dependiendo de si este ha sido revisado recientemente o no.

Propietarios no residentes con inmuebles alquilados en 2024

Si durante el año 2024 has alquilado tu propiedad en España, tendrás que presentar la declaración del IRNR por los ingresos obtenidos del alquiler. El plazo para esta declaración será entre el 1 y el 20 de enero de 2025.

¿Qué debes tener en cuenta?

  • Si el inmueble ha estado alquilado regularmente en el 2023 y años anteriores , habrás presentado el IRNR de manera trimestral. La declaración a presentar entre el 1 y el 20 de enero de 2025, será la correspondiente al alquiler realizado a lo largo de todo el 2024. Cambia la obligación trimestral a anual.

  • Tipos impositivos: Si eres residente en la Unión Europea, Islandia o Noruega, pagarás un 19% sobre los ingresos netos (ingresos menos gastos deducibles). Si resides fuera de la UE, Islandia o Noruega, el tipo impositivo será del 24% sobre los ingresos brutos, sin posibilidad de deducir gastos.

Consecuencias de no cumplir con tus obligaciones fiscales

El incumplimiento en la presentación de estos impuestos puede resultar en sanciones económicas, con recargos y multas por parte de la Agencia Tributaria. Además, las sanciones aumentan cuanto más tiempo pase sin regularizar la situación.

Conclusión

Si eres un no residente con un inmueble en España, es fundamental que cumplas con estas dos obligaciones:

  • Presentar la declaración del IRNR por la renta imputada antes del 31 de diciembre de 2024, si tu propiedad no ha estado alquilada en 2023.

  • Presentar el IRNR por los ingresos obtenidos del alquiler entre el 1 y el 20 de enero de 2025, si tu inmueble ha estado alquilado en 2024.

Cumplir con estos plazos te permitirá evitar sanciones y recargos.

 

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